MADRID - 01.06.2019
El catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Sevilla
Javier Pérez Royo analiza el papel de Juan Carlos I durante la
Transición y los problemas derivados por la forma en la que se realizó
el tránsito a la democracia.
Javier Pérez
Royo (Sevilla,1944) es catedrático de Derecho Constitucional por la
Universidad de Sevilla; autor, junto a Antón Losada, de la obra Constitución: la reforma inevitable, entre
otras muchas; y ha recibido importantes premios por su trabajo en el
ámbito del derecho constitucionalista como el Premio Blanquerna de la
Generalitat de Catalunya o la Medalla de Oro de la Junta de Andalucía.
En esta entrevista con Público, el
jurista analiza el papel que ha desarrollado el monarca emérito Juan
Carlos I, que este domingo se retira de la vida pública, en el
desarrollo de la democracia española, así como los problemas derivados
de la forma en la que se hizo la Transición. Pérez Royo destaca que la
monarquía española es la única de las grandes coronas europeas que no ha
sufrido un ajuste de cuentas y reivindica el referéndum como un
instrumento para que el principio de legitimidad democrático prime sobre
el monárquico.
Terminamos un ciclo de la
historia de España con la retirada de la vida pública de Juan Carlos I.
¿Cómo valora usted el papel de Juan Carlos en la historia de España?
Diría que Juan Carlos I es proclamado rey y, por
tanto, accede a la Monarquía como consecuencia de una decisión del
general Franco. Eso lo primero. Franco es el que hace la restauración de
la Monarquía, en el año 47, cuando define a España como un reino. Era
un momento muy delicado para su régimen tras el final de la II Guerra
Mundial y la derrota de las potencias fascistas. Después, el general se
volvería a reafirmar en esa decisión en la Ley de Principios del
Movimiento Nacional de 1958, que surge tras la crisis del 56. Y, por
último, la Monarquía vuelve a quedar garantizada en la Ley Orgánica del
Estado, la última de Franco, que ya concreta la figura del Príncipe
heredero. Cuando muere Franco, en noviembre de 1975, ya se produce el
acceso real y efectivo de Juan Carlos I a la jefatura del Estado.
Por tanto, fue el rey Juan Carlos I, junto a Adolfo
Suárez, quien organiza el proceso de transición a la democracia.
Obviamente, mi opinión es que si el rey opta por un tránsito a la
democracia es para asegurar su propia supervivencia. En la Europa de
finales del XX era imposible la supervivencia de un Estado sin
democracia. Juan Carlos acude a la democracia como forma de garantizar
su supervivencia. Es su instinto de conservación lo que le hace dar ese
paso. Pero es una democracia muy condicionada.
¿Qué significa una democracia muy condicionada?
Sí, tenemos una democracia muy condicionada por lo
que fue la Ley para la Reforma Política de Suárez. Las instituciones
clave para la futura democracia española están prácticamente
establecidas en esa Ley y no debería ser así. Esas instituciones
deberían haberse decidido durante un proceso constituyente. Sin embargo,
la Ley para la Reforma Política nos dejó una institución monárquica,
unas cortes bicamerales con una composición fijada y, además, tuvimos un
decreto ley que fijaba normas electorales como es el sistema de
elección. Todo eso antes de las primeras elecciones democráticas. Todo
esto fueron datos o instituciones sobre los cuáles el proceso
constituyente no pudo pronunciarse, Venían fijados por el régimen del
general Franco y por Juan Carlos como heredero de ese régimen.
¿Entonces qué balance realiza?
Pues hay que tener en cuenta todo lo que hemos dicho
hasta ahora, pero también que la Constitución ha funcionado de una
manera razonablemente satisfactoria y que Juan Carlos tiene el mérito de
ser el que dirigió aquel proceso. El problema es que la forma en la que
se llevó el proceso ha condicionado el principio de legitimidad
democrática a la supervivencia de la institución monárquica. Y eso nos
lleva a una serie de problemas que tenemos hoy y que tienen difícil
solución.
¿Qué problemas serían estos?
Pues, por ejemplo, la incapacidad para reformar en
profundidad la CE. No hay posibilidad real de reformarla. Por tanto,
insisto en que la valoración de la aportación de Juan Carlos es una
mezcla. Por un lado, hay elementos positivos. Hemos evolucionado en
democracia, pero, al mismo tiempo, se le ha puesto un límite a esa
evolución y eso hace que ahora mismos estemos atascados y no podamos
salir de la situación en la que nos encontramos.
Ha mencionado el principal
problema la reforma constitucional. ¿Hay otros problemas derivados de
que el principio monárquico esté por encima del principio democrático?
La Constitución española llegó cuando ya estaban
cuatro cosas establecidas y que se ve obligada a incorporar. Hemos
hablado de la Monarquía. También de unas Cortes Generales devaluadas
desde el punto de vista de legitimación democrática. Se hace una
interpretación del mismo muy desvirtuada en el Congreso y muy, pero que
muy desvirtuada en el Senado, de tal manera que esta segunda cámara es
un aborto que nunca debería haberse producido. Después, se produce se
produce la incorporación de la iglesia, que se menciona expresamente en
nuestra CE y eso no ocurre en el resto de constituciones de la UE.
Además hay unos Acuerdos con la Santa Sede que se
publican el 3 de enero de 1979, apenas unos días después de la entrada
en vigor de la CE. Eso indica, obviamente, que ese acuerdo fue negociado
por Suárez en un momento en el que España no tenía Constitución y que,
por tanto, ese acuerdo no estaba sometido a la voluntad de las Cortes.
Esos acuerdos mantienen una posición de privilegio de la iglesia
católica y son materialmente predemocráticos. Esa situación de
privilegio de la Iglesia se muestra tanto en su financiación como en la
presencia de la Iglesia en la educación o en las dificultades que se han
planteado para sacar a Franco del Valle de los Caídos. Y, por último,
la CE también contemplaba una posición de poder del Ejército. Está
regulado en el artículo 8 y era una copia textual del articulo 36 o 37
de la Ley Orgánica del Estado franquista. Ese Poder Militar, no
obstante, desaparece de manera práctica tras el golpe de Estado fallido
del 23-F.
En alguna ocasión también le he
escuchado decir que el problema de la corrupción que tenemos viene de la
forma en la que se hizo la Transición y la primacía del principio
monárquico.
La Monarquía hereda el sistema del régimen de Franco
y viene a a mantener una estructura de poder, social, económica y una
forma de hacer política de la era Franco, que era corrupta, y eso se ha
acabado colando en el sistema político español. Está ejemplificada en la
forma de hacer política del PP, que es una forma heredada del
franquismo con una vinculación y conexión entre los intereses públicos y
privados. Eso es una herencia que viene del franquismo y que no hemos
sido capaces de limpiar en democracia. Y, claro, eso que tiene que ver
con la Monarquía. La Monarquía da continuidad a esa forma de corrupción.
¿En cualquier otro país monárquico
han ocurrido casos de corrupción que salpicaran al monarca como los
negocios del rey con Arabia Saudí y las sospechas de cobro de
comisiones?
Eso es impensable en cualquier otra monarquía
parlamentaria que se considere una democracia. Mira el caso de
Wikileaks. En los cables que destapa Assange sólo aparece un monarca
europeo: Juan Carlos I. ¿Por qué? Porque es un elemento de poder. Cuenta
e interfiere. Un ejemplo. Cuando los productores de Hollywood quieren
colar a las empresas españolas todas sus películas, las buenas y las que
se considerarían peores o incluso morralla, hay resistencia por parte de
empresarios españoles. Pues una de las cosas que les dicen a los
americanos es que tienen que hablar con el rey Juan Carlos y que
intervenga. Eso es inimaginable en otro lugar. Como también es
inimaginable que un monarca diera el discurso que Felipe VI dio el 3 de
octubre tras la celebración del referéndum catalán. También es
inimaginable que un monarca europeo acuda a la cumbre de Davos y resulta
que el mismo año que acude Theresa May a explicar el 'brexit' acude
también Felpe VI. A nadie se le ocurra que pueda acudir la reina de
Inglaterra.
¿A qué se debe?
Pues a que vivimos en una falsa monarquía
parlamentaria. Me explico. Se trata ordinariamente de una monarquía
parlamentaria, pero que en los momentos clave el principio monárquico
pasa por encima del principio de legitimidad democrática.
Esta última frase cómo se puede explicar de una manera más clara. ¿Somos antes una monarquía que una democracia?
La CE dice en el 1.2 que la soberanía nacional
reside en el pueblo español del que emanan poderes del Estado y en el
1.3 dice que el Estado español es una monarquía parlamentaria. El orden
es ese. Pero en los momentos decisivos el 1.3 se pone por delante del
1.2.
¿Qué implicaciones tiene esto? ¿Que el rey no esté sometido a control?
Es que no ha habido formas de regular la monarquía
en España. El artículo 57.5 de la CE dice que todas las abdicaciones y
todo lo relativo a la Casa del rey tendrá que ser regulado mediante una
ley orgánica. Y está ley ni está ni se la espera. Cuando se produjo el
problema de la abdicación del rey Juan Carlos se resolvió mediante una
reforma del estatus jurídico del rey abdicado. Se definió mediante una
reforma de Ley Orgánica del Poder Judicial que se reformó con unas
enmiendas que se presentaron a una ley que estaba tramitándose en ese
momento sobre medidas económicas en el Congreso de los Diputados. De esa
manera es como se definió el estatus jurídico del rey. Es una
aberración.
¿No fue ajustado a derecho la regulación de la abdicación del rey?
No. Para mí fue un fraude constitucional. Se tenía
que haber hecho mediante la ley a la que remite el artículo 57.5 de la
CE, pero no se hizo. Entonces se buscó ese atajo para garantizar la
inviolabilidad del rey emérito tras su abdicación.
¿El rey Juan Carlos juró la Constitución?
Nunca. Jamás. El actual rey sí. Pero Juan Carlos I solo tuvo que jurar los principios del Movimiento Nacional.
¿Y cómo explicamos esto a los lectores más jóvenes?
Simplemente porque él está por delante. La fórmula
de promulgación de la Constitución viene a decir que es él el que ha
traído la Constitución. Que existe gracias a él y no él gracias a la
Constitución.
Pero dicho así parece que hable de una carta otorgada del siglo XIX y no es el caso.
No es una carta otorgada, no. Pero tampoco es una
Constitución que nace de un proceso constituyente genuino. El proceso
constituyente español no pudo extenderse a la monarquía. La monarquía
era un dato previo a e indisponible para el poder constituyente del
pueblo español.
En algún foro le he escuchado
decir que uno de nuestros problemas es que nunca hemos tenido un ajuste
de cuentas con nuestra monarquía, como sí lo han tenido otros países
europeos, incluso los monárquicos.
Mira. Las tres grandes monarquías europeas son la
inglesa, la francesa y la española. Las tres tienen o tuvieron que hacer
un ajuste de cuentas para ir a una estado constitucional. En
Inglaterra, por ejemplo, le cortaron la cabeza a Carlos I. Después, tras
una breve república, hay una vuelta a la monarquía y reinan los Tudor,
pero finalmente también son condenados al exilio. Después de eso ya
llega la familia Hannover, que actualmente ostenta el trono. Pero,
fíjate. El Parlamento inglés dispone hasta en dos ocasiones de la
Monarquía. Primero los ajusticia y después los condena al exilio. Así
afirmaron el principio de soberanía parlamentaria sobre cualquier otro.
En Francia se hace más o menos similar con la Revolución.
En
España no se ha hecho. Todas las constituciones de España son
constituciones de la monarquía española. Es la monarquía la que se
constitucionaliza, no el Estado o la nación. De ahí viene la frase de
España es monárquica o no es. La monarquía ha sido siempre un elemento
previo e indisponible al poder constituyente a lo largo de toda la
historia constitucional español. Claro está que hay dos excepciones: las
dos repúblicas, que son las dos excepciones que confirman la regla. Ya
pasó el tiempo de las grandes revoluciones.
¿Cómo podemos hacer este ajuste de cuentas con la Monarquía?
Pues necesitaríamos un referéndum sobre Monarquía o República.
Pero con la Constitución en la mano, ¿podemos plantear un horizonte de referéndum monarquía o república?
Poder se puede, pero sería muy complicado. Habría
que hacer una revisión de la Constitución mediante procedimiento
agravado porque afecta a la Monarquía. Y ahí habría referéndum, pero
previamente tiene que haber una mayoría de dos tercios en las cámaras en
dos legislaturas consecutivas. Lo cual es muy complicado o
prácticamente imposible.
Es decir, para poder hacer un referéndum monarquía o república hay que reformar la CE.
Sí, hay que revisar la CE por el procedimiento
agravado. Es prácticamente una clausula de intangibilidad. La monarquía
no se puede tocar. El poder constituyente ya se la encontró puesta, era
previa a él e indisponible. Y así continúa.
Es curioso. Tengo dos sensaciones
en esta entrevista. Tenemos una serie de problemas derivados de la
Monarquía y del hecho de que el principio monárquico esté por encima del
principio democrático. Y la manera que puede solucionar esto es un
referéndum, pero requiere de una reforma constitucional, que es
prácticamente imposible.
Eso es así. Está pensado así.
Es como un laberinto sin salida.
Ese es el problema. El camino de la reforma constitucional está tapiado. Desde dentro es muy complicado.