P. J.
Ginés/ReL
Mary y Concepta son comadronas y supervisoras de parteras en Glasgow (Escocia),
son católicas y se negaron a tener nada que ver con hacer abortos.
Nada.
Ni a dar información al médico sobre las pacientes que abortaban o querían abortar.
Ni a designar personal que se encargara de facilitar materiales para el aborto.
Ni a acompañar a los obstetras en las rondas médicas que tuvieran que ver con un aborto.
Ni a cubrir suplencias que implicaran atender a una mujer que pedía un aborto.
Se acogían a su derecho a la objeción de conciencia recogido en la Ley del Aborto británica de 1967. Se negaron a que el Servicio Nacional de Salud y el Hospital General del Sur de Glasgow les pudiera obligar a realizar esas actividades.
Perdieron el primer juicio, sin rendirse
El Servicio de Salud de Glasgow las llevó a los tribunales, y en febrero la juez Smith determinó que esas actividades "no acaban con el embarazo de una mujer" y que no podían objetar a ellas porque estaban "suficientemente alejadas de la implicación directa". La prensa pro-aborto saludó con alegría el resultado.
Pero ¿quién decide qué es lo "suficientemente lejos"? El debate en la prensa resonó con fuerza. Muchos entendían que ellas se sentían como el conductor de los trenes a Auschwitz: ¡no querían participar, ni siquiera indirectamente!
El abogado de las comadronas lo tenía claro: la "línea divisoria" no la debe poner un burócrata con respecto a significados literales, sino la conciencia del individuo, puesto que se trata de objetar en conciencia a aquello que causa una profunda repugnancia moral.
Victoria en el tribunal de apelaciones
Con estos argumentos (y esgrimiendo unos acuerdos laborales que firmaron en 2007) las comadronas llevaron la sentencia a revisión. Y los tres jueces les dieron la razón, a pesar de que el abogado de las autoridades sanitarias les repitió que dar la razón a estas dos mujeres traería problemas de gestión del aborto "en otros hospitales, no solo de Escocia sino de todo el Reino Unido".
Pero los jueces consideraron que los problemas de gestión no eran asunto suyo, sino que debían proteger un derecho básico, como es la objeción de conciencia. La juez Dorrian afirmó que este derecho existe "porque se reconoce que el proceso del aborto es sentido por muchos como moralmente repugnante" y añadió que el derecho a objetar se extiende "no sólo al acto médico o quirúrgico en sí, sino a todo el proceso de tratamiento dado con ese propósito".
Nada.
Ni a dar información al médico sobre las pacientes que abortaban o querían abortar.
Ni a designar personal que se encargara de facilitar materiales para el aborto.
Ni a acompañar a los obstetras en las rondas médicas que tuvieran que ver con un aborto.
Ni a cubrir suplencias que implicaran atender a una mujer que pedía un aborto.
Se acogían a su derecho a la objeción de conciencia recogido en la Ley del Aborto británica de 1967. Se negaron a que el Servicio Nacional de Salud y el Hospital General del Sur de Glasgow les pudiera obligar a realizar esas actividades.
Perdieron el primer juicio, sin rendirse
El Servicio de Salud de Glasgow las llevó a los tribunales, y en febrero la juez Smith determinó que esas actividades "no acaban con el embarazo de una mujer" y que no podían objetar a ellas porque estaban "suficientemente alejadas de la implicación directa". La prensa pro-aborto saludó con alegría el resultado.
Pero ¿quién decide qué es lo "suficientemente lejos"? El debate en la prensa resonó con fuerza. Muchos entendían que ellas se sentían como el conductor de los trenes a Auschwitz: ¡no querían participar, ni siquiera indirectamente!
El abogado de las comadronas lo tenía claro: la "línea divisoria" no la debe poner un burócrata con respecto a significados literales, sino la conciencia del individuo, puesto que se trata de objetar en conciencia a aquello que causa una profunda repugnancia moral.
Victoria en el tribunal de apelaciones
Con estos argumentos (y esgrimiendo unos acuerdos laborales que firmaron en 2007) las comadronas llevaron la sentencia a revisión. Y los tres jueces les dieron la razón, a pesar de que el abogado de las autoridades sanitarias les repitió que dar la razón a estas dos mujeres traería problemas de gestión del aborto "en otros hospitales, no solo de Escocia sino de todo el Reino Unido".
Pero los jueces consideraron que los problemas de gestión no eran asunto suyo, sino que debían proteger un derecho básico, como es la objeción de conciencia. La juez Dorrian afirmó que este derecho existe "porque se reconoce que el proceso del aborto es sentido por muchos como moralmente repugnante" y añadió que el derecho a objetar se extiende "no sólo al acto médico o quirúrgico en sí, sino a todo el proceso de tratamiento dado con ese propósito".
Dos mujeres perseverantes
Así, la señora Doogan, a sus 58 años, y la señora Wood, con 52, ambas con un
historial multitudinario de bebés en sus brazos, pusieron de rodillas al
sistema abortista en el Reino Unido, por sentirlo "moralmente
repugnante" (en
palabras de la juez Dorrian), después de muchos meses
de soportar
una dura campaña mediática contra ellas, acusándolas de
"insensibles", "fanáticas" y, sobre todo, de
"católicas".
Las dos comadronas emitieron una nota declarándose "encantadas" por
haber ganado el juicio.
"Al declarar que toda vida es sagrada desde la concepción a la muerte
natural, como comadronas siempre hemos trabajado sabiendo que teníamos dos
vidas que cuidar en el parto: una madre, y su hijo por nacer",
afirman.
"Este juicio da la bienvenida a la afirmación de los derechos de todas las
comadronas de retirarse de cualquier práctica que pueda violar su conciencia,
algo que, con el tiempo, impediría a muchas entrar en lo que siempre se
consideró una profesión noble y gratificante", declararon.Un alivio para todos los sanitarios
Paul Tully, del grupo pro vida SPUC, declaró que se trataba de una
"tremenda victoria" de las dos mujeres. "Es un gran alivio para
todas las parteras, enfermeras y doctores que puedan ser presionados para que
supervisasen procedimientos abortivos y que se preguntaban si la ley les permitía
rechazarlo", asegura.
El obispo anima a la objeción
Philip Tartaglia, el arzobispo de Glasgow, donde un 30% de la población es
católica, también mostró su alegría. "Es una victoria de la libertad de
conciencia y del sentido común. Respetar la libertad de conciencia es la marca
propia de una sociedad civilizada", aseguró.
"Espero que muchos profesionales de la salud pro-vida cobren coraje a
partir de esta sentencia y tengan el valor de expresar sus objeciones cuando
les pidan tareas que son moralmente malas y que violan su conciencia",
añadió el obispo. "Las comadronas deben ser alabadas por su valentía y
determinación al plantarse frente a una petición injusta de su empleador".