Por tercera vez en tres años, el Consejo de Derechos
Humanos de la ONU aprueba una resolución para la protección de la
familia, esta vez con un enfoque especial en las personas con
discapacidad. La negativa de la mayoría de países occidentales dice
mucho de su obsesión por incluir la perspectiva de género en cualquier
texto sobre el tema.
La resolución,
que ha contado con un apoyo superior al de las anteriores dos ocasiones
(32 votos a favor, 12 en contra y tres abstenciones), describe a la
familia como el “grupo fundamental de la sociedad y el entorno natural
para el crecimiento y el bienestar de todos sus miembros, y en
particular de los niños”.
La familia es “el entorno natural para el crecimiento y el bienestar de todos sus miembros”
Además, critica que “sigue sin tenerse debidamente en cuenta la
contribución de la familia a la sociedad y a la consecución de los
objetivos de desarrollo”. En concreto, el texto reconoce que apoyar a la
institución familiar tiene efectos positivos en la promoción de los
derechos de las personas con discapacidad, la disminución de las tasas
de abandono escolar, la promoción de la mujer y su igualdad con el
hombre, o la protección contra la violencia o el trabajo infantil, entre
otras causas.
Un hogar para los discapacitados
De manera especial, la resolución destaca el papel de las familias en
la protección de los discapacitados. Es en el hogar donde estas
personas son valoradas en sí mismas: de ahí que este sea “el entorno
primero y más inmediato donde pueden desarrollar su potencial y
disfrutar de una vida plena”.
El texto dedica unos párrafos a defender los derechos y la dignidad
de las personas discapacitadas. Insta a los Estados a “impedir cualquier
forma de explotación, violencia o abuso”, y a “prevenir la ocultación,
el abandono, el descuido y la segregación de estos niños”. Llama la
atención la fuerza de estas advertencias, sobre todo teniendo en cuenta
que en muchos países (precisamente aquellos que promueven resoluciones
por los derechos de ciertas minorías discriminadas) es práctica
frecuente el aborto de fetos a los que ha sido diagnosticado síndrome de
Down.
Negativas que dicen mucho
En la discusión de las dos resoluciones anteriores, en 2014 y 2015 (cfr. Aceprensa, 15-07-2015),
los puntos más controvertidos fueron los mismos. En primer lugar,
algunos Estados se quejaron de que los textos no reconocieran que los
derechos humanos corresponden a cada individuo, y no a la familia como
conjunto. Esto, en su opinión, podía contribuir al abuso de los más
pequeños, o de las niñas, sobre todo en determinadas culturas.
No hay contradicción entre defender la familia y reconocer los derechos individuales de cada miembro
Sin embargo, la resolución recién aprobada señala que los derechos de
los padres comportan también unas responsabilidades, y que la crianza
de los hijos debe orientarse siempre en su interés superior. No hay
contradicción entre apoyar a la familia y a cada miembro en particular.
El otro punto polémico, que parece justificar la oposición de 12
Estados, es que el texto no recoge una referencia a los distintos tipos
de familia. En realidad, la queja se refiere a las parejas homosexuales,
porque sí se menciona expresamente a los hogares monoparentales.
Los países asiáticos, africanos y latinoamericanos, que
mayoritariamente han votado a favor de la resolución, se han negado a
incluir esta referencia, sin la cual el otro bloque –fundamentalmente
Europa, junto con Corea del Sur y Panamá– no estaba dispuesta a dar su
apoyo.
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