FERNANDO RODRÍGUEZ-BORLADO - 24.FEB.2017
Varias comunidades autónomas españolas se encuentran en pleno
periodo de concesión o renovación de conciertos educativos. Algunas han
modificado los criterios, haciendo más difícil acceder o prorrogar las
subvenciones. Desde el sector de la concertada se teme que estos cambios
sirvan para consagrar las tesis de quienes consideran a esta red no
como complementaria de la pública, sino como subsidiaria: necesaria solo
en la medida en que “cubra las lagunas” de los centros estatales.
En Andalucía, el proceso de renovación de conciertos se encuentra
aún en su primera fase, en que las comisiones provinciales estudian las
demandas de los colegios y elevan una propuesta a la Junta, que tiene la
decisión final. No obstante, a pesar de que aún no se ha denegado
oficialmente ninguna petición, algunas declaraciones hechas por la
consejera de Educación, Adelaida de la Calle, han encendido las alarmas
entre los colegios concertados. De la Calle ha señalado en varias
ocasiones que ningún nuevo colegio se beneficiará de conciertos, y que
solo se mantendrán los necesarios para asegurar la escolarización en
cada territorio. Esta última condición deja entrever una concepción de
la escuela no estatal como subsidiaria y, por tanto, prescindible.
El argumento de las “necesidades de
escolarización” deja ver una concepción de la escuela concertada como
subsidiaria y prescindible
Ante las protestas organizadas por varias organizaciones de colegios
concertados –en muchos centros se ha leído un manifiesto, y se anuncian
movilizaciones en caso de que se produzcan recortes de financiación–, De
la Calle ha querido calmar el debate prometiendo que todos los alumnos
que actualmente cursan sus estudios en un centro de estas
características podrán seguir haciéndolo en el futuro. Sin embargo, esto
es compatible con que la Junta elimine la subvención a algunas unidades
de los primeros cursos de cada etapa (lo que llevaría a un trasvase de
la demanda a aulas públicas) o incluso en cursos superiores, obligando a
juntar dos clases.
Necesidades de escolarización versus demanda social
Los temores del sector de la concertada parecen tener fundamento. El
único informe emitido hasta ahora por una comisión provincial, la de
Jaén, ha recomendado la denegación del concierto a tres unidades, dos de
educación infantil y una de la ESO. En la línea de la argumentación
hecha por De la Calle, el texto justifica los recortes por la capacidad
de las aulas públicas para dar cobertura a una demanda que ha menguado
por la baja natalidad. Así, el descenso demográfico se carga únicamente
sobre las espaldas de la red concertada.
María Paz Agujetas, secretaria general para Andalucía del sindicato FEUSO, ha criticado en declaraciones a El Mundo que
la Comisión Provincial de Jaén haga su recomendación antes siquiera de
que se haya abierto el plazo de escolarización en los centros afectados,
y por tanto sin poder conocer cuál es la demanda de las familias.
Andalucía no es la única comunidad donde las autoridades educativas
están dando prioridad a las “necesidades de escolarización” frente a la
demanda social, representada por la voluntad de los padres al escoger
colegio para sus hijos. En la Comunidad Valenciana, el conflicto entre
el sector de la concertada y la Consejería de Educación viene desde que
esta publicó, en mayo del año pasado, el denominado “arreglo escolar”,
por el que se pretendía “racionalizar” la oferta educativa y adecuarla a
la demanda. En la práctica, el decreto supuso el cierre de varias
unidades concertadas.
La demanda de los padres es el mejor termómetro de las verdaderas necesidades educativas
La Mesa por la Educación en Libertad, una asociación constituida para
defender el derecho de elección de los padres respecto a la educación
de sus hijos, ha mantenido desde entonces una confrontación con la
administración educativa. A finales del año pasado, elevó una protesta
al Sindic de Greuges (Defensor del Pueblo) de la Comunidad. Este, tras
requerir contestación a la Consejería, redactó una recomendación –ya que no dispone de poder legislativo ni judicial– favorable a los argumentos de la Mesa.
Derechos de los padres
Además de criticar las deficiencias y desigualdades en el proceso de
aplicación del “arreglo” (mucho más benigno y consensuado en la escuela
pública), el texto entraba al asunto de fondo: la ponderación entre la
voluntad de la Administración y los derechos de los padres. El Sindic de
Greuges reconoce la autoridad de la Consejería para organizar la
matriculación, y también la delicada situación de la Hacienda regional,
que recomienda la eficiencia en el uso de recursos públicos. Sin
embargo, continúa, ninguno de los dos argumentos es suficiente para
anular la libertad de elección de las familias. Las verdaderas
necesidades educativas las fijan los padres, no el gobierno. El criterio
de conceder subvenciones a centros de gestión privada solo cuando las
aulas estatales no puedan cubrir la demanda contiene, en el fondo, una
amenaza a toda la red concertada, que se podría hacer desaparecer
progresivamente a base de abrir nuevas unidades en centros estatales.
Sin embargo, el gobierno no parece dispuesto a cambiar de parecer. El nuevo reglamento
para el acceso a los conciertos, publicado a finales de enero, vuelve a
señalar la necesidad de plazas como un criterio para subvencionar
unidades en Bachillerato y Formación Profesional.
La polémica por los conciertos también ha llegado a otras regiones. En Zaragoza, el pleno del ayuntamiento rechazó
a principios de mes una moción presentada por Zaragoza en Común que
pedía retirar la subvención a las aulas cuya oferta pueda ser asumida
por la enseñanza pública. En Navarra, la portavoz de uno de los partidos
que gobiernan en coalición señaló a finales de 2016 que la idea del
ejecutivo era “avanzar en la reversión de los conciertos” (eso sí, “de
manera realista y no con proclamas ideológicas”), aunque aún no se han
producido recortes.
Ratios mínimas
Además de las necesidades de escolarización, el otro reto al que se
está enfrentando la enseñanza concertada es la exigencia de una ratio
mínima de profesores-alumnos, determinada por la Administración
competente, como requisito para recibir la subvención. Esta condición ya
está prevista por el Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos, vigente desde 1985.
Sin embargo, este decreto no aclara qué criterios ha de seguir la
administración para fijar esa ratio mínima, aunque señala que se “tendrá
en cuenta” la que exista de media en los centros públicos cercanos al
colegio concertado. Tampoco explica si para el cálculo se ha de tener en
cuenta solo el curso donde se pide subvencionar una unidad o también
todos los demás. No obstante, estas condiciones supondrían en cualquier
caso que el número de estudiantes por docente siempre será mayor en los
centros con conciertos.
En la Comunidad de Madrid, la orden
publicada el 30 de diciembre del año pasado establece unas ratios
mínimas por aula concertada: un profesor por 18 alumnos en primaria,
1/24 en secundaria, 1/28 en bachillerato y 1/12 en Formación
Profesional. En la Comunidad Valenciana, por su parte, el reciente
reglamento fija unos valores mínimos para la primera unidad
subvencionada, pero solo en los conciertos de etapas postobligatorias.
En las anteriores (Primaria y ESO), el criterio seguido será exigir que
la ratio sea igual o superior a la de los centros públicos de la zona.
La Consejería publicará cada año cuál es esa cifra. Lo mismo sucederá en
Extremadura si finalmente se aprueba el documento que el ejecutivo está
preparando.
La exigencia de una ratio mínima, aunque
prevista por la ley, puede ser utilizada de forma abusiva y
discriminatoria por la Administración
Aparte de la incertidumbre que provoca esta revisión anual de la
ratio (por ejemplo, no es fácil tomar decisiones de contratación o
despido de profesores si no se sabe cuántos grupos habrá el año
siguiente), desde el sector de la concertada se ha criticado que el
requisito de la ratio mínima se aplique solo a esta red, mientras que no
afecta a la pública.
La enseñanza diferenciada, en el punto de mira
En otras comunidades, la polémica por la renovación de conciertos se
ha centrado fundamentalmente en colegios de educación diferenciada.
Aunque varias sentencias en España y otros países han aclarado que este
modelo educativo no es discriminatorio mientras ofrezca una formación
similar a los dos sexos, en varias comunidades estos centros han estado
en el punto de mira político.
El gobierno de Baleares perdió a finales del año pasado el último episodio
de una batalla legal para retirar la subvención a dos colegios. Ha
tenido que intervenir, de nuevo, el Tribunal Superior de Justicia de la
región para aclarar que el criterio de que no hay necesidades de
escolarización no se puede utilizar para suplantar la voluntad de las
familias respecto a la educación de sus hijos. En Cataluña, durante el
año pasado se rechazaron dos mociones parlamentarias (la segunda, por
pocos votos) que pedían retirar el concierto a todos los colegios de un
solo sexo.
Más recientemente, Susana Díaz, presidenta de la Junta de Andalucía, ha anunciado su intención de no otorgar ninguna unidad subvencionada nueva
a centros de educación diferenciada. En 2015, el Tribunal Superior de
Justicia de la región ordenó restituir el concierto a varios colegios,
pero la consejera de Educación considera que esa sentencia solo obliga a
mantener los conciertos ya concedidos, no a ofrecer otros nuevos.
“Andalucía aboga por un modelo mixto”, ha señalado, arrogándose una
interpretación del sentir común que mejor sería buscar en la demanda de
las familias.
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