Germà Bel Ostres..
la inversio en AVE amb carrec a fons espanyols augmenta en 34 milions
d'euros, per les irregularitats en les adjudicacions de contractes
(comentari a facebook, 31 gener 2013)
Bruselas (EFE).- El Tribunal General de la UE confirmó hoy las
sanciones por un total de 33,6 millones de euros impuestas por la Comisión Europea (CE) a España por irregularidades en los contratos públicos adjudicados para la construcción de nuevas líneas del AVE entre Madrid y la frontera francesa, y en Levante.
En dos sentencias hechas públicas hoy, la Corte de Luxemburgo rechazó
los recursos presentados por Madrid contra dos decisiones de la CE, en
2010 y 2011, que aplicaban una reducción de los fondos de cohesión
asignados a España por incumplir la normativa europea de contratación
pública en varias infraestructuras ferroviarias.
Las irregularidades se cometieron en varios tramos de la línea de AVE
Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera francesa, así como en el subtramo La
Gineta-Albacete perteneciente al nuevo acceso ferroviario de Alta
Velocidad hacia Levante, indicaron fuentes judiciales.
El caso se remonta a diciembre de 2010, cuando la CE decidió reducir
en 2,3 millones de euros la asignación del fondo de cohesión
inicialmente acordada a España para financiar la construcción de cuatro
fases de proyecto de determinados tramos de las líneas de AVE
Madrid-Zaragoza- Barcelona-Frontera francesa y Lérida-Martorell.
En febrero de 2011, la Comisión decidió aplicar otra "corrección
financiera" de 31,3 millones sobre las ayudas otorgadas a cinco
proyectos de ejecución correspondientes al suministro y montaje de
materiales en las mismas líneas, así como en el subtramo La
Gineta-Albacete, integrado en el nuevo acceso ferroviario de Alta
Velocidad a Levante.
En ambos casos, la CE aplicó una "corrección financiera" al entender
que en las fases en cuestión se produjeron irregularidades al aplicar la
legislación europea de contratación pública, señalaron las mismas
fuentes.
Según el Ejecutivo comunitario, la administración española realizó
modificaciones de los concursos otorgados y atribuyó los contratos
directamente sin publicación previa a las entidades adjudicatarias del
concurso inicial.
El Ejecutivo español presentó dos recursos ante el Tribunal General
de la UE solicitando la anulación de estas decisiones o la reducción del
importe de las sanciones.
Madrid argumentó que había recurrido al procedimient
o de adjudicación
sin convocatoria de licitación previa, permitido por la normativa
comunitaria en casos de obras públicas adicionales no incluidas en un
contrato principal, que por circunstancias imprevistas sean necesarias
para completar el proyecto inicial.
El Tribunal General desestimó este argumento al considerar que España
no ha podido demostrar que la condición de imprevisibilidad se aplicase
a ninguno de los casos, se detalla en la primera de las sentencias de
hoy.
Entre otras alegaciones, el Gobierno español achacó las
modificaciones sobre los proyectos iniciales al cambio de los Planes
Generales de Ordenación Urbanística (PGOUs) realizados por distintos
municipios.
El Tribunal ha recordado que la entidad adjudicadora es responsable
de obtener un consenso previo sobre las soluciones proyectadas con los
municipios afectados.
España, sin embargo, "no ha demostrado la existencia de concertación
alguna" entre el Estado central y los municipios afectados antes de la
publicación del anuncio de licitación, dice el Tribunal en la segunda
sentencia.
Por ello, el Tribunal General ha desestimado todos los argumentos
presentados por España, ha rechazado ambos recursos y le ha condenado a
pagar las costas del proceso.
Bruselas (EFE).- El Tribunal General de la UE confirmó hoy las
sanciones por un total de 33,6 millones de euros impuestas por la Comisión Europea (CE) a España por irregularidades en los contratos públicos adjudicados para la construcción de nuevas líneas del AVE entre Madrid y la frontera francesa, y en Levante.
En dos sentencias hechas públicas hoy, la Corte de Luxemburgo rechazó
los recursos presentados por Madrid contra dos decisiones de la CE, en
2010 y 2011, que aplicaban una reducción de los fondos de cohesión
asignados a España por incumplir la normativa europea de contratación
pública en varias infraestructuras ferroviarias.
Las irregularidades se cometieron en varios tramos de la línea de AVE
Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera francesa, así como en el subtramo La
Gineta-Albacete perteneciente al nuevo acceso ferroviario de Alta
Velocidad hacia Levante, indicaron fuentes judiciales.
El caso se remonta a diciembre de 2010, cuando la CE decidió reducir
en 2,3 millones de euros la asignación del fondo de cohesión
inicialmente acordada a España para financiar la construcción de cuatro
fases de proyecto de determinados tramos de las líneas de AVE
Madrid-Zaragoza- Barcelona-Frontera francesa y Lérida-Martorell.
En febrero de 2011, la Comisión decidió aplicar otra "corrección
financiera" de 31,3 millones sobre las ayudas otorgadas a cinco
proyectos de ejecución correspondientes al suministro y montaje de
materiales en las mismas líneas, así como en el subtramo La
Gineta-Albacete, integrado en el nuevo acceso ferroviario de Alta
Velocidad a Levante.
En ambos casos, la CE aplicó una "corrección financiera" al entender
que en las fases en cuestión se produjeron irregularidades al aplicar la
legislación europea de contratación pública, señalaron las mismas
fuentes.
Según el Ejecutivo comunitario, la administración española realizó
modificaciones de los concursos otorgados y atribuyó los contratos
directamente sin publicación previa a las entidades adjudicatarias del
concurso inicial.
El Ejecutivo español presentó dos recursos ante el Tribunal General
de la UE solicitando la anulación de estas decisiones o la reducción del
importe de las sanciones.
Madrid argumentó que había recurrido al procedimient
o de adjudicación
sin convocatoria de licitación previa, permitido por la normativa
comunitaria en casos de obras públicas adicionales no incluidas en un
contrato principal, que por circunstancias imprevistas sean necesarias
para completar el proyecto inicial.
El Tribunal General desestimó este argumento al considerar que España
no ha podido demostrar que la condición de imprevisibilidad se aplicase
a ninguno de los casos, se detalla en la primera de las sentencias de
hoy.
Entre otras alegaciones, el Gobierno español achacó las
modificaciones sobre los proyectos iniciales al cambio de los Planes
Generales de Ordenación Urbanística (PGOUs) realizados por distintos
municipios.
El Tribunal ha recordado que la entidad adjudicadora es responsable
de obtener un consenso previo sobre las soluciones proyectadas con los
municipios afectados.
España, sin embargo, "no ha demostrado la existencia de concertación
alguna" entre el Estado central y los municipios afectados antes de la
publicación del anuncio de licitación, dice el Tribunal en la segunda
sentencia.
Por ello, el Tribunal General ha desestimado todos los argumentos
presentados por España, ha rechazado ambos recursos y le ha condenado a
pagar las costas del proceso.
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