· Entre abril de 2014 y octubre de 2015, Fomento adjudicó al menos
cuarenta contratos de mantenimiento de carreteras a treinta empresas con
una fórmula luego declarada ilegal
· La cláusula fue anulada en enero de 2016 por el Tribunal de Recursos Contractuales "por no ser conforme a Derecho"
· Los
pliegos con la cláusula ilegal llevaban la firma del entonces
secretario de Estado de Infraestructuras y hoy ministro de Justicia,
Rafael Catalá
19.03.2018
El Ministerio de Fomento adjudicó en la etapa de la actual presidenta del Congreso de los Diputados, Ana Pastor, más de 300 millones de euros en contratos con una fórmula ilegal que favorecía el 'dedazo' a las empresas constructoras.
Los contratos fueron adjudicados entre abril de 2014 y octubre de 2015 a
una treintena de compañías del sector de la construcción a las que (en
solitario o a través de uniones temporales de empresas) se encargó la
conservación de carreteras en doce comunidades autónomas por un periodo
de hasta cinco años. Son al menos cuarenta contratos que en su inmensa
mayoría están todavía vigentes y que expiran este mismo año, aunque en
teoría Fomento podría prorrogarlos, según los pliegos de condiciones,
que llevaban la firma del entonces secretario de Estado de
Infraestructuras y hoy ministro de Justicia, Rafael Catalá.
En enero de 2016, el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, dependiente del Ministerio de Hacienda, determinó que Fomento había incluido una cláusula ilegal en cuatro licitaciones de carreteras en las provincias de Cáceres, Cádiz, Guadalajara y Valencia y dio la razón a un recurso presentado en noviembre de 2015 por la Asociación Círculo de Empresas Andaluzas de la Construcción, Consultoría y Obra Pública (Ceacop).
Como contó entonces Vozpópuli,
el tribunal determinó que la cláusula, una compleja fórmula matemática
para puntuar las ofertas, debía anularse "por no ser conforme a
Derecho", porque concedía excesivo peso en la valoración de las
propuestas a criterios arbitrarios, en detrimento de aquellos más objetivos, básicamente el precio.
En virtud de esa cláusula, incluida bajo el epígrafe "Enumeración y puntuación de los criterios evaluables mediante fórmulas", el valor de la puntuación económica de la ofertas de los licitadores se diluía en favor de la técnica (sin fórmulas automáticas de evaluación) y, en definitiva, se dejaba "al arbitrio del órgano de contratación la adjudicación de la licitación", según la sentencia.
En el momento de anularse esa cláusula, habían pasado apenas 22 días
desde las elecciones de diciembre de 2015. Sin Gobierno a la vista,
Fomento, que en ese momento estaba en funciones como el resto del
Ejecutivo, no recurrió esa resolución de Hacienda, que obligó al
Ministerio a rectificar licitaciones que tenía en curso por importe de más de 400 millones.
El problema es que, tal y como ha podido comprobar eldiario.es, el
Ministerio ya llevaba año y medio aplicando esa cláusula ilegal
en decenas de contratos de mantenimiento de carreteras. Aunque Fomento
no responde a la pregunta de a cuántos contratos ya adjudicados afectó,
este diario ha confirmado la existencia de un total de 40
adjudicaciones cuyos pliegos incluían esa fórmula contraria a Derecho.
Esos contratos tenían un presupuesto inicial de 407 millones de euros y
fueron adjudicados por un importe global de 306,9 millones. Fuentes
conocedoras de la operativa aseguran que hay más: cifran los contratos
ilegales en más de cincuenta, con un presupuesto de más de 450 millones.
Las licitaciones fueron puestas en marcha por la Dirección General de
Carreteras, cuyo responsable es desde 2012 Jorge Urrecho, antiguo
colaborador del exministro Francisco Álvarez-Cascos. Los pliegos
tenían el visto bueno de Catalá, responsable de firmar las resoluciones
que los autorizaron entre diciembre de 2013 y junio de 2014, y la
bendición previa de la Abogacía del Estado.
Las
licitaciones comprenden contratos de conservación de carreteras en las
comunidades de Castilla y León (diez contratos), Castilla-La Mancha,
Comunidad Valenciana y Extremadura (cuatro contratos), Andalucía,
Aragón, Catalunya, Galicia y Murcia (tres) y Asturias, Cantabria y
Madrid (uno). El presupuesto de cada uno de ellos oscila entre los 54
millones de euros (sin contar posibles prórrogas ni modificaciones) del contrato de la Comunidad de Madrid y los 5,5 millones de uno de los adjudicados en Extremadura.
Aunque las valoraciones de las ofertas no son públicas, fuentes
conocedoras de esta operativa aseguran que Carreteras utilizaba esa
cláusula ilegal "de forma absolutamente arbitraria para adjudicar los
contratos a las empresas previamente elegidas, simplemente puntuando
técnicamente 3 puntos más que al siguiente licitador, como lo demuestra
que durante ese periodo de tiempo más del 90% de las adjudicaciones
recaían en las empresas mejor valoradas técnicamente, sin importar la
oferta económica que se hiciera".
Bajas temerarias
La cláusula que luego anuló el Tribunal de Recursos Contractuales en
teoría estaba pensada para evitar las bajas temerarias en las ofertas
económicas. Pero el órgano dependiente de Hacienda la tumbó por entender
que propiciaba "que sean los criterios de valoración no automática los
determinantes de la adjudicación". Aunque las bajas eran "nominal y
formalmente posibles más allá del límite de referencia fijado", la
fórmula anulada las privaba "de relevancia práctica", según el órgano
dependiente de Hacienda.
En otras palabras, y siempre según la resolución, "se está penalizando a las ofertas más baratas de tal modo que, por debajo de ese determinado límite o umbral, aunque bajen el precio ofertado a la Administración, no obtienen una puntuación relevante, de modo que se disuade una posible mayor baja o economía en el contrato, al tiempo que no se permite la formulación de alegación alguna por parte de los contratistas en justificación de su oferta de modo que la baja obtenga una puntuación relevante".
La patronal del sector de las adjudicatarias de estos contratos es la
Asociación de Empresas de Conservación y Explotación de Infraestructuras
(Acex), que reconoce que la resolución del tribunal que supuso la
derogación de la fórmula de valoración económica de los concursos fue
una decisión "sin precedentes". Acex subraya que, independientemente de
la ilegalidad de esa cláusula, el cambio periódico de las fórmulas de
valoración es una medida "sana" porque "cuando se mantienen determinadas
líneas, se produce cierta retroalimentación y se genera calentamiento
en las ofertas".
Por su parte, el Ministerio de
Fomento no ha contestado a las preguntas de eldiario.es sobre este
asunto. El lunes a última hora de la tarde, fuentes del departamento de
Íñigo de la Serna se limitaron a señalar en un correo electrónico que
"se anularon las licitaciones que llevaban esta cláusula y
posteriormente se volvieron a licitar con los pliegos corregidos". Pero
obvian esos contratos valorados en más de 300 millones adjudicados con
anterioridad a la decisión de Hacienda.
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